Expediente digital. Implementación. Expedientes del fuero de familia

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Con fecha 20 de Septiembre de 2018, en la Causa Nº F3-79991 la Sala 2° de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón (integrada por los Dres. José Luis Gallo y Roberto Camilo Jordá) se expidió remarcando la complejidad relativa a la compulsa y estudio de los expedientes judiciales cuando las actuaciones obran parte en formato papel y parte en formato electrónico.

En este sentido, mas allá de lo resuelto en cuanto al fondo de la cuestión, indicó el primer votante (en postura compartida por el restante integrante de la Sala) que:

«no quisiera dejar de señalar una circunstancia, de notable actualidad, que ha sido apta para complicar (en medida importante) e incluso dilatar el estudio de los obrados: el hecho de existir, a la fecha, y de acuerdo con la adopción de las nuevas tecnologías en el proceso, una multiplicidad de actuaciones que no están en soporte papel (es decir, solo digitalizadas), mientras que otras sí lo están.-
Ello obliga a la lectura parcializada (mitad en pantalla -incluso de compleja visualización, dadas las características de las ventanas del sistema Augusta- mitad en papel), lo que -cuando se trata de actuaciones de complejidad y entidad (como las presentes)- indudablemente conspira contra la sencillez y eficacia de la lectura de los expedientes; requiere máxima atención para evitar omisiones y, por supuesto, retarda el estudio de los obrados.-
No quiero con esto significar una contradicción con la adopción de las nuevas tecnologías en el proceso, sino solo señalar que -a veces- estas nuevas tecnologías en lugar de simplificar las cuestiones, terminan complicándolas.-
Creo que tal es el caso del fuero de familia, donde se ha implementado el sistema de presentaciones electrónicas sin ponderar cabalmente las singularidades del fuero (en el cual me he desempeñado durante muchos años) especialmente en lo que hace a las formas de actuación en él (mucha intervención del ministerio público, poca actuación de apoderados, urgencia en muchas situaciones, cúmulo de presentaciones, trámites que no se desarrollan por los cánones procesales dogmáticos sino con mayor informalidad, etcétera)«.